Todos nuestros asociados tendrán derecho a los siguientes auxilios, una vez sean asociados del Fondo de Empleados de la Pontificia Universidad Javeriana, con el fin de solventar situaciones imprevistas de nuestros asociados:
Cuando la pérdida de la calidad de asociado se produce por fallecimiento del asociado, le será condonada la deuda del asociado por el FEJ con cargo al Fondo de Solidaridad o al Fondo que la Junta Directiva establezca para este fin.
REQUISITOS:
MONTO: El monto de las obligaciones con el FEJ, sin exceder quince (15) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Cuando un asociado se retira de la Universidad Javeriana, o de alguna de las entidades vinculadas, o del FEJ siendo empleado de este, o como pensionado de cualquiera de tales instituciones, luego de haber cumplido por lo menos diez (10) años ininterrumpidos como asociado, el FEJ le entregará el auxilio de retiro.
REQUISITOS:
MONTO: 10% de la suma de los ahorros permanentes más los aportes sociales.
El FEJ otorgará en cada renovación anual del plan exequial un auxilio sobre la cuota del servicio del plan funerario con Olivos.
REQUISITOS:
MONTO: Un día de salario mínimo mensual vigente al momento de otorgar el auxilio.