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  • Ser asociado a FEJ

    Al ser asociado podrás disfrutar de nuestros servicios de crédito, ahorro, convenios y auxilios solidarios.

    Quién puede ser Asociado?

    Las personas que cumplan los siguientes requisitos pueden ser parte de Fej.

    1. Profesores de planta y personal administrativo de la Pontificia Universidad Javeriana
    2. Los Empleados de planta de las entidades vinculadas (Javesalud, Javeturismo, Comunidad)
    3. Los empleados del Fondo de Empleados
    4. Los pensionados de cualquiera de las entidades mencionadas, que hayan sido asociados activos del FEJ, antes de adquirir su condición de pensionado
    5. Los Empleados temporales con mínimo un año de antigüedad en la Pontificia Universidad Javeriana
    6. Los profesores de cátedra que tengan contrato laboral vigente con la PUJ, siempre y cuando hayan tenido una vinculación en los últimos dos (2) años consecutivos
    7. Asociados que hayan perdido su calidad de Empleados de la Pontificia Universidad Javeriana o entidades vinculadas, que al momento de su desvinculación se encuentren afiliados y hayan permanecido, ininterrumpidamente, como mínimo tres (3) años asociados, podrán solicitar por escrito a la Junta Directiva conservar esta condición, siempre y cuando demuestren poseer ingresos o rentas fijas para sustentar su solicitud, Lo anterior, salvo que pierda su condición por un despido con justa causa, caso en el cual, no podrá seguir perteneciendo al FEJ.

    Requisitos

    Las personas aspirantes a ser asociados a FEJ, deben cumplir los siguientes requisitos:

    1. Ser empleado de planta, temporal o de cátedra de la Pontificia Universidad Javeriana, o empleado de alguna de las entidades vinculadas, o empleado del Fondo de Empleados de la Universidad Javeriana, o pensionado de cualquiera de las entidades mencionadas o las personas que en calidad de cónyuge sobreviviente o compañero (a) permanente hayan sustituido al asociado o asociados que hayan perdido su calidad de Empleados de la Pontificia Universidad Javeriana o entidades vinculadas.
    2. No estar en período de prueba.
    3. Presentar diligenciado el formulario de solicitud de ingreso suministrado por el FEJ.
    4. Autorizar a la oficina pertinente de la Universidad Javeriana o de la entidad vinculada para que retenga, de su sueldo, la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota periódica, de aportes sociales y ahorros permanentes, establecida, en los presentes estatutos.
    5. Ser aceptada su petición de ingreso por la Junta Directiva, la cual se pronunciará al respecto dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la solicitud. La fecha de notificación personal de admisión determinará la del ingreso al FEJ.
    6. Autorizar al FEJ para la utilización de sus datos personales en las actividades relacionadas con la operación de la entidad y los servicios que ofrece directamente o a través de terceros, con quienes puede compartir dicha información, única y exclusivamente para los fines relacionados con las actividades del FEJ.
    7. Declarar su impedimento actual o sobreviniente cuando esté incurso en alguna incompatibilidad o causal de inhabilidad de orden legal o reglamentario. Así mismo, abstenerse de incurrir en hechos que le generen conflicto de intereses con el Fondo de Empleados.
    8. Actualizar en forma permanente la información personal, como dirección, teléfonos, correo electrónico, información financiera y demás datos básicos de contacto que faciliten la comunicación personal, por lo menos una vez, al año o cuando el Fondo de Empleados, así lo requiera.

    Deberes de los asociados

    1. Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características y funcionamiento de entidades de economía solidaria y fondos de empleados en general, y del Fondo de Empleados de la Universidad Javeriana (FEJ), en particular.
    2. Cumplir las obligaciones derivadas de su vinculación con el FEJ.
    3. Aceptar y cumplir las decisiones de los organismos de dirección, administración y control.
    4. Comportarse con espíritu solidario en sus relaciones con el FEJ y con los asociados del mismo.
    5. Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio del FEJ.
    6. Propender por el progreso y mejoramiento del Fondo.
    7. Vigilar que los presentes estatutos y los reglamentos sean cumplidos por todos los asociados del FEJ, especialmente por los dignatarios y empleados del mismo.
    8. Actualizar en forma permanente la información personal, como dirección, teléfonos, correo electrónico y demás datos básicos de contacto que faciliten la comunicación personal. Actualizar igualmente la información financiera por lo menos una vez al año o cuando el Fondo de Empleados así lo requiera.
    9. Autorizar el tratamiento de datos personales de carácter comercial, crediticio, financiero y de servicios.
    10. Informar oportunamente al FEJ, cualquier cambio en relación con sus datos personales, cambio de residencia, estado civil, composición familiar, teléfonos y todo dato que sea necesario para la adecuada comunicación y uso de servicios.
    11. Concurrir a las reuniones de la asamblea general o hacerse representar en ella, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40 de los presentes estatutos.

    Derechos de los Asociados

    Los derechos de los asociados están en función del cumplimiento de sus deberes.

    Son derechos fundamentales de los asociados los siguientes:
    1. Utilizar los servicios del FEJ y realizar con él las operaciones contempladas en estos estatutos.
    2. Participar en las actividades del FEJ y en su administración, mediante el desempeño de cargos sociales.
    3. Ser informados de las gestiones del FEJ, de acuerdo con las prescripciones estatutarias.
    4. Ejercer actos de elección y decisión en las Asambleas Generales.
    5. Fiscalizar la gestión del FEJ por medio de los órganos estatutarios de control, o examinar los libros, balances, archivo y demás documentos pertinentes, en la oportunidad y con los requisitos que prevean los estatutos o los reglamentos.
    6. Retirarse voluntariamente del FEJ.
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